Actividades de Reconocimiento Académico de Grado

Normativa reguladora
El artículo 46 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que los Estatutos y normas de organización y funcionamiento de las Universidades desarrollarán los derechos y los deberes de los estudiantes, así como los mecanismos para su garantía, indicando, entre otras cuestiones, que, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, los estudiantes tendrán derecho a obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
Facultad de Farmacia
Facultad de Farmacia. Universidad de Sevilla.
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